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    ¿Mi LLC debe pagar impuestos si no soy residente? ¿Cuándo sí y cuándo no?

    mi llc debe pagar impuestos si no soy residente
    • noviembre 4, 2025
    • Tomás Hodgers

    «Che, abro una LLC… ¿pero me va a caer el IRS? ¿Tengo que pagar impuestos en USA?».

    Frená un toque. Esta es la pregunta del millón que nos hacen en Luhod. Es el miedo número uno de todo emprendedor digital que quiere abrir una LLC de no residente.

    Y es lógico. De un lado, tenés al IRS con su web que parece escrita en arameo legal. Del otro, tenés al gurú de YouTube que te vende el sueño del «impuesto cero» como si fuera magia.

    La realidad es que ninguno te cuenta la posta completa.

    Acá no te vamos a vender humo ni te vamos a asustar con tecnicismos. Somos abogados y contadores, y te lo vamos a explicar como en un asado: con la verdad, por más que duela un poquito, para que de verdad entiendas cuándo te toca pagar y cuándo estás tranquilo.

    Tomás Hodgers fundador de Luhod

    Por Tomás Hodgers, socio fundador de Luhod. Como experto en estructuras de negocios en EE.UU. para no residentes, ha guiado a cientos de emprendedores a través de los complejos desafíos fiscales para operar con éxito en el mercado estadounidense.

    La respuesta corta que te da tu amigo contador (y la que te da el IRS)

    Voy a darle el paso al contador del equipo, Lucio, para que te lo cuente fácil y rápido:

    Vamos al hueso. Si sos un emprendedor digital (programador, marketer, consultor, creador de contenido) que labura desde su casa en Argentina, Colombia, México o España…

    La respuesta corta es: Depende. Pero (presta atención aquí), para el 99% de los casos como el tuyo, NO, no vas a pagar impuestos federales sobre las ganancias de tu LLC.

    Ahora, la respuesta larga (modo IRS) es un montón de siglas. Te dice que si tu LLC es una “Disregarded Entity” (o sea, para el IRS es como si no existiera y te mira directo a vos, el dueño) y vos no tenés «nexo físico» o algo llamado «ETBUS»… entonces solo pagás impuestos en tu país de residencia.

    Tranquilo, ahora te traducimos ese trabalenguas.

    Recomendado: ¿Cómo abrir una LLC en EE.UU. desde Argentina?

    El mito del «impuesto cero»: ¿Es joda o es real?

    Hablemos claro: tener una LLC no es una licencia para evadir impuestos. Si algún «experto» te lo vende así, rajá de ahí.

    Es una herramienta espectacular para operar legalmente en el primer mercado del mundo, proteger tu patrimonio (que no te puedan embargar la casa por un problema del laburo) y optimizar tu carga fiscal de forma 100% legal.

    El «impuesto cero» del que todos hablan es real, pero no es magia. Se basa en dos pilares:

    1. La disregarded entity: Si sos un único dueño no residente, el IRS «ignora» a la LLC para los impuestos federales. Te mira a vos.
    2. El ingreso de fuente extranjera (Foreign Source Income): Y como vos, el dueño, no vivís ni laburás en USA (estás en tu casa en Latam), tu ingreso se considera «de fuente extranjera».

    Explicado fácil: Si sos un programador en Córdoba y le vendés un servicio a un cliente en Alemania, ¿dónde hiciste el laburo? En Córdoba. A Estados Unidos, fiscalmente, no le importa esa guita. 

    Pero… (siempre hay un pero), ten cuidado, que si cruzás la línea el IRS te pone en el radar.

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    Acababa de cruzar la línea. Ese closer en Miami no era un «independiente»; era un «agente dependiente». Era la pata operativa de Gonza en USA.

    Dejó de ser un tipo en Córdoba vendiendo hacia USA, y pasó a tener un negocio efectivamente conectado DENTRO de USA.

    La analogía del asado (para que no te olvides más)

    Es simple, pensalo así:

    • Sin ETBUS: Vos tenés tu parrilla en Argentina. Te compran la carne desde USA y vos la mandás por delivery (tu LLC). La guita es tuya, el laburo es tuyo.
    • Con ETBUS: Decidís poner un puestito de choripán, con un empleado tuyo, en la puerta de la Casa Blanca.

    En el momento que ponés el chulengo en Washington (contratás a ese agente dependiente), el IRS te va a tocar el hombro para cobrarte impuestos sobre los choris que vendas ahí.

    Por suerte, a Gonza lo agarramos a tiempo. Se asustó, obvio. «¿Me van a clavar 25 lucas verdes de multa?». Lo calmamos y le explicamos: «Pará, fiera. No es el fin del mundo. Te cambió el partido. Ahora tenés que presentar la declaración 1120 y pagar impuestos sobre la ganancia que genera esa parte de tu negocio en USA. El moco hubiese sido hacerse el boludo y no declarar.»

    Y acá entra el «ECI»: La plata que el IRS sí te va a manotear.

    Ok, ya entendiste qué es ETBUS: es la acción de poner tu puesto de choripán en Washington. Ahora, tenés que conocer a su primo: ECI (Effectively Connected Income). Traducido, es el «Ingreso Efectivamente Conectado».

    La posta (siguiendo con el ejemplo del asado):

    • ETBUS = El puesto de choripán (el negocio).
    • ECI = La ganancia que te dejan los choripanes que vendiste ahí.

    El ECI es, simplemente, la porción de tu facturación que el IRS considera que se generó gracias a esa pata operativa que pusiste en USA.

    En el caso de «Gonza, el programador», su ECI sería toda la ganancia que generó gracias al laburo del closer que contrató en Miami. Sobre esa guita (y solo sobre esa), el IRS le va a decir: «Felicitaciones, Gonza. De acá me pagás impuestos federales, campeón».

    Por eso nuestro laburo es armar una estructura donde no tengas ETBUS, para que así no generes ECI, y tu impuesto federal siga siendo CERO.

    Recomendado: El mejor estado para abrir una LLC de no residente.

    ¡Pará, pará! ¿Y si tengo un socio (que también es no residente)?

    Ojo al piojo acá. Todo lo que te contamos hasta ahora (lo de Disregarded Entity, el formulario 5472) aplica de una forma para la LLC de un solo dueño (Single-Member LLC).

    Pero, ¿qué pasa si arrancaste el negocio con un socio? ¿O si son tres amigos?

    Acá el partido cambia. Y si pifiás, el moco es grande.

    Si tu LLC tiene dos o más dueños (así sean todos extranjeros viviendo en Latam), el IRS por defecto ya no la «ignora». La clasifica como un «Partnership» (una sociedad).

    «¿Y entonces, che? ¿Tengo que pagar impuestos sí o sí?»

    Calma. La buena noticia: la regla de oro del ETBUS (la del puesto de choripán en Washington) sigue aplicando. Si tu Partnership no tiene empleados, ni oficina, ni agentes dependientes en USA, sigue sin pagar impuesto federal a las ganancias.

    La «mala» noticia (o mejor dicho, la posta): El papelerío es un quilombo completamente distinto.

    Olvidate del Formulario 5472. No va.

    Tu LLC (ahora un Partnership) tiene que presentar el Formulario 1065 (la declaración de impuestos de un Partnership en USA). Además, tiene que generar un Schedule K-1 para cada socio, que es el documento que detalla qué porción de la ganancia (o pérdida) le tocó a cada uno.

    Y acá viene el bonus track que te esconden los servicios enlatados: como los socios son extranjeros, el IRS ahora te obliga a llenar también los Schedules K-2 y K-3. Estos son unos anexos híper complejos que se inventaron hace poco para detallar toda la actividad internacional del partnership. Es un bardo contable de otro nivel, diseñado específicamente para operaciones con no residentes. Si le pifiás a esto, el quilombo es gigante.

    Es un laburo contable más complejo y los deadlines son otros.

    El pifie más grande que vemos es el de los socios que leyeron un artículo genérico (de la competencia), creen que son Disregarded Entity y se quedan tranquilos esperando presentar un 5472… y nunca lo hacen. O peor, no presentan nada.

    Resumen: si tenés socios, el «cero impuesto» (sin ETBUS) se mantiene, pero la burocracia para reportarlo al IRS es otra. No te mandes solo.

    La guía anti-pifies: ¿Cuándo SÍ pagás impuestos?

    cuando si pagas impuestos con tu llc en eeuu

    Para que no te pase la de Gonza, acá tenés el checklist de cuándo una LLC de no residente SÍ paga impuestos federales a las ganancias:

    1. Si contratás empleados (W2) dentro de USA. (La más obvia).
    2. Si tenés «agentes dependientes». (El pifie de Gonza. Alguien en USA que labura casi exclusivamente para vos y cierra tratos en tu nombre).
    3. Si tenés una oficina física, un local o un depósito propio. (Ojo, Amazon FBA es un gris, pero si almacenás vos mismo, perdiste).
    4. Si sos socio de la LLC con un gringo o residente. (Si tenés un socio residente de USA, la LLC pasa a ser una «Partnership» y el partido es totalmente otro. Ahí pagan todos).

    Aclaración importante: El único impuesto que SÍ vas a pagar casi siempre (dependiendo del estado) es el impuesto estatal (Franchise Tax o Reporte Anual). No te preocupes, este impuesto normalmente no es caro, aunque varía según el estado.

    «Pero che, ¿qué pasa con el Formulario 5472? ¿No era eso un impuesto?»

    ¡Excelente pregunta! Y acá hay otro problema de desinformación.

    El Formulario 5472 (y el Pro-Forma 1120) NO es un impuesto. Es una declaración INFORMATIVA, no recaudatoria.

    Se trata simplemente de tu LLC (que es una Disregarded Entity propiedad de un extranjero) levantando la mano y diciéndole al IRS: «¡Che, Tío Sam! Mirá que esta LLC es mía, soy extranjero, y durante el año pasó esto: me transferí plata, saqué plata, le facturé a un cliente. Todo legal. No te debo nada, pero te aviso.»

    El verdadero peligro acá no es pagar, es no presentarlo.

    Si te hacés el boludo y no presentás el 5472 a tiempo, la multa automática por no avisar puede ser de hasta 25 mil dólares.

    Leíste bien. 25 lucas verdes no por evadir, sino por colgarte con un trámite administrativo. Es un quilombo burocrático que, por suerte, en Luhod te lo resolvemos de taquito todos los años.

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    Te ayudamos con las obligaciones estatales y federales de tu LLC, además de servirte como Agente Registrado y asesorarte cuando lo necesites.

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    El resumen del asado: Lo que te tenés que tatuar

    Para que te vayas tranquilo, acá tenés la posta resumida.

    NO PAGÁS IMPUESTO A LAS GANANCIAS en USA si cumplís estos 3 puntos:

    1. Sos el único dueño (o todos los dueños son no residentes).
    2. Laburás 100% desde tu casa en tu país (LATAM/España).
    3. No tenés empleados, oficinas, ni «agentes dependientes» en suelo yanqui.

    Si cumplís eso, tu única obligación federal es (1) pagar el mantenimiento anual de tu estado (Wyoming, Florida, etc.) y (2) presentar la declaración informativa 5472/1120 para evitar la multa. Nada más.

    NOTA: aunque el Agente Registrado no es un impuesto, también será necesario que lo renueves cada año.

    La solución Luhod: Mantenimiento anual para tu tranquilidad

    tomas hodgers y lucio amaro dueños de luhod llc

    Sabemos que tenés cosas más importantes que hacer que poner alarmas para no olvidarte de un trámite, o que andar con dolores de cabeza por no saber si debés o no debés pagar impuestos cada año. Por eso creamos nuestro servicio de mantenimiento anual.

    Es simple: nos delegás todo el quilombo. Nosotros nos encargamos de:

    • Presentar y pagar tu Reporte Anual a tiempo, todos los años.
    • Funcionar como tu Agente Registrado durante todo el año.
    • Preparar y presentar tu Formulario 5472 ante el IRS.
    • Brindarte la asesoría que necesitas para mantener tu empresa funcionando correctamente.

    ¿Querés dedicarte a facturar y no a llenar papeles? Agendá una llamada GRATIS y te contamos cómo podemos encargarnos de todo por vos. Hazlo en el calendario de abajo. 

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