
Septiembre no es simplemente otro mes, dice la canción de Miguel Alejandro. Bien podría entonar la melodía la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP). ¿Por qué tan esperado? Porque en el mes de la primavera entra en vigor el acuerdo de intercambio automático de información entre el fisco argentino y el estadounidense. Y sí, una de cal… Desde la incorporación de Argentina al acuerdo FATCA en 2022, este momento ha sido esperado con gran expectativa. Pero, ¿cómo será su implementación? ¿Está Argentina realmente preparada para llevarlo a cabo? ¿Qué datos estarán en juego? ¿Quiénes serán los alcanzados y a qué información no podrá acceder la AFIP?
¿De qué se va a enterar la AFIP?
Vamos a lo que ustedes se están preguntando. La respuesta fácil sería decir que el IRS informará sobre las cuentas de depósito en entidades bancarias, siempre que el titular de la cuenta sea una persona humana residente en Argentina y se paguen en esa cuenta más de USD 10 de intereses en cualquier momento del año. Pero esta información, como siempre, es algo engañosa.
Acá entra el detalle que a muchos se les pasa: según las leyes fiscales estadounidenses, una LLC single member (es decir, unipersonal) no es considerada una sociedad como cualquier otra. Para el IRS, es como si esa LLC no existiera a efectos fiscales; en otras palabras, es lo que llaman una disregarded entity. Imaginate que tu LLC es como un traje de superhéroe… pero sin superpoder. El IRS mira y no ve una empresa, te ve directamente a vos, como persona humana.
¿Y qué significa esto? Significa que si tenés una LLC unipersonal y alguna de tus cuentas bancarias en EE.UU. generó más de USD 10 en intereses, el IRS va a agarrar el teléfono y decirle a la AFIP: «Che, mirá, esta cuenta no es de una empresa, es de Juan Pérez de Buenos Aires, Argentina». Así, tu querido anonimato financiero queda al descubierto.
Pero eso no es todo, en la «letra chica» del acuerdo FATCA también se menciona que no solo se reportan las cuentas que generaron más de USD 10 en intereses, sino también aquellas que, en cualquier momento del año, hayan tenido un saldo superior a USD 50.000. ¡Ojo! No importa si es solo por un día, si tu cuenta alcanzó esa cifra, sonarán las alarmas del IRS. Entonces, si tenés una LLC unipersonal, tu ropaje juridico (no es una metáfora, así hablamos los abogados) no te va a servir de mucho. La clave está en entender que el IRS ve tu cuenta como si fuera tuya, no de una empresa, porque para ellos, tu LLC es prácticamente invisible a los efectos impositivos.

Entonces… ¿quiénes son verdaderamente los sujetos alcanzados?
Pasemos en limpio, porque esto puede sonar complicado, pero no lo es tanto. Los alcanzados por el acuerdo de intercambio de información son:
- Las personas humanas con domicilio fiscal en Argentina.
- Las LLC single member (esas que tienen un solo dueño y, como ya dijimos, para el IRS son básicamente invisibles, pero no de la forma cool).
Ahora, ¿cuándo van a estar en la mira?
- Si generás más de USD 10 en intereses o regalías en Estados Unidos (ojo, que no es mucho, ¿eh?).
- Si tenés ETBUS, lo que significa que estás obligado a tributar en EE.UU. porque tu negocio tiene operaciones o empleados allá. Básicamente, si tu negocio está «jugando en la cancha de ellos», te van a cobrar entrada y poner sus reglas.
- Si en algún momento del año tu cuenta bancaria en EE.UU. tuvo un saldo mayor a USD 50.000, aunque sea por un día.
¿Qué va a saber exactamente el fisco argentino?
Bueno, el IRS que siempre se ha caracterizado por ser tímido para compartir información ha ido perdido la timidez. En realidad, no por motus propio, sino porque quiere que los otros fiscos le informen a ellos sobre los activos de estadounidenses en el exterior. He aquí la famosa ley FATCA (sí, es una ley por la cual el fisco americano persigue a sus contribuyentes). Perdón, me desvíe. Le va a mandar a la AFIP lo siguiente:
- Tu nombre, dirección y CUIT. En resumen, te van a fichar por completo.
- El número de tus cuentas, tanto de depósito como de inversión. Sí, ya sabés, esas donde tenías guardada tu fortuna (o tus ahorros para el próximo viaje).
- El total de intereses, dividendos y otras ganancias que superen los USD 10. Es decir, cualquier pequeño movimiento en tu cuenta que genere un poquito de intereses no va a pasar desapercibido.
Hecha la ley…
Como siempre, hay algunas opciones (legales, muchachos, legales) para evitar que la AFIP se entere de más de lo necesario:
- Cambiar la residencia tributaria de la empresa: Esto es como decirle a la AFIP «me mudo», pero en serio. Te llevás la residencia fiscal a otro país. Eso sí, es tan caro y complicado como una mudanza real, con cajas, estrés y todo.
- Crear una sociedad offshore: En lugar de que EE.UU. informe sobre vos como individuo, le va a informar sobre tu sociedad, que está en un país que no reporta a los beneficiarios finales. Esto es como esconder la información en una matrioska de sociedades. Es ideal si estás planeando algo más elaborado, como evitar impuestos a la herencia.
- Convertir tu LLC de un solo miembro a varios miembros: Acá es donde sucede la magia de verdad. Cambiás el acuerdo operativo, agregás algún socio (podés poner a tu tía, a un amigo, ¡a quien quieras!) y ahora tu LLC es una persona jurídica con todas las letras. El IRS ya no te ve como un individuo, sino como una entidad con todas las letras de EE.UU. ¿Y cuál es la gran ventaja? Que no tenés que completar el formulario 1042-S, que es lo que inicia el intercambio de información con Argentina. ¡Problema resuelto y tu privacidad a salvo!

Si necesitás un lazarillo…
Al fin y al cabo, no es tan compleja la escapatoria a la nueva regulación. Aunque ni siquiera se sabe si el estado argentino cuenta con las herramientas para filtrar la información que reciba del IRS, siempre es bueno ser precavido.
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